lunes, 11 de julio de 2011

HACEMOS LLEGAR INFORMACION QUE MUCHAS VECES SE DESCONOCE


SEÑORES DE AGRUPACION SOLIDARIA --HACEMOS LLEGAR  INFORMACION QUE MUCHAS VECES SE DESCONOCE FAVOR REENVIARLA-- ATENTAMENTE VICTOR VERGARA .
 
 
Estimados y estimadas compañeros, uno de nuestros grandes problemas a nivel nacional, es que la mayoría de los chilenos desconocemos nuestros “derechos” y eso les permite al sistema muchas veces ponernos el dedo en la boca, es por esto que aprovecho a enviarles esta información sobre FONASA, a la cual pueden pertenecer todos los chilenos, estén cotizando, sean cesantes o personas carentes de recursos.
Lean con atención y podrán enterarse de lo que seguramente muchos no sabían, porque no nos informan y porque no les conviene. Atentamente “Corporación Casa de Miguel”. Un abrazo.
 
Santiago Oyarzo P.
 
 
FONASA.
Presentación
El Fondo Nacional de Salud, FONASA, es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención, tanto a las personas que cotizan el 7% de sus ingresos mensuales para la salud en FONASA, como a aquellas que, por carecer de recursos propios, financia el Estado a través de un aporte fiscal directo.
Visite el sitio Web de Fonasa
FONASA da cobertura de salud a sus más de 11 millones de beneficiarios sin discriminación de edad, sexo, o situación de salud, bonificando total o parcialmente las prestaciones de salud que son otorgadas por profesionales e instituciones tanto del sector público como del privado en convenio con la institución.
Asimismo, financia los subsidios de incapacidad laboral (licencias médicas de sus cotizantes) y otorga préstamos de salud.
Cómo Afiliarse?
La incorporación a FONASA como beneficiario del Sistema Público de Salud, se produce automáticamente cuando una persona, que no ha optado por afiliarse a alguna Isapre, adquiere la calidad de:
·    Trabajador dependiente, incluidos los contratados por turnos o jornadas, obra o faena, que cotizan el 7% de su remuneración imponible para salud en FONASA.
·    Trabajador independiente, que sea imponente del INP o de una AFP y destina el 7% de la remuneración imponible para salud en FONASA.
·    Trabajador cesante, que reciba subsidio de cesantía otorgado por la municipalidad de la comuna.
·    Personas que reciban algún tipo de pensión de algún sistema previsional y que destinan el 7% de su cotización de salud a FONASA.
Son además, beneficiarios no cotizantes de FONASA:
  • Las cargas familiares de los cotizantes, que cumplan con los requisitos de la Ley (DFL 150).
  • Beneficiarios de Pensiones Asistenciales de invalidez y ancianidad.
  • Personas con deficiencia mental a que se refiere la Ley 18.020, cualquiera sea su edad, siempre que no sea causante de subsidio familiar.
  • La mujer embarazada, que no tiene previsión, hasta el sexto mes del nacimiento del hijo.
  • Causantes del subsidio único familiar.
  • Personas carentes de recursos (indigentes) TRAMO “A”.
 
Beneficiarios Tramo A
Personas Carentes de Recursos
 
¿Quiénes son?

Las personas carentes de recursos o indigentes: son aquellas personas que no están afectas a Régimen de Seguridad Social en Salud alguno, o a normas especiales o Convenios que les den derecho a asistencia médica, y que cumplan requisitos de condición socio económica al ser evaluados por Fonasa.
 
Las personas que reciben Pensiones Asistenciales (PASIS): Estas pensiones son otorgadas por las Intendencias Regionales, a través de los Municipios,  a las personas inválidas mayores de 18 años y a las personas mayores de 65 años que carezcan de recursos.
Nota: Se considerará inválido al mayor de 18 años de edad que en forma presumiblemente permanente esté incapacitado para desempañar un trabajo normal o que haya sufrido una disminución de su capacidad de trabajo, de manera que no esté en condiciones de procurarse lo necesario para su subsistencia y, que no tenga derecho a percibir una pensión derivada de accidente del trabajo o de otro sistema de seguridad social. La declaración de invalidez procederá efectuarla al servicio de Salud que corresponda, en la forma que determine el reglamento.
 
Los causantes de Subsidio Único Familiar (SUF): Este subsidio es entregado por las Municipalidades a los menores de 18 años de edad, a la mujer embarazada y a los causantes discapacitados mentales de cualquier edad, que no perciban una PASIS. En todos estos casos se debe acreditar que estos causantes vivan a expensas del beneficiario y que participen, cuando proceda, en los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil y que no disfruten de una renta igual o superior al monto del subsidio, cualquiera sea su origen o procedencia.
Este beneficio debe ser solicitado por los beneficiarios en la municipalidad que le corresponde de acuerdo con su domicilio, debiendo cumplir con los requisitos que establece la ley vigente para estos efectos.
 
Otro Grupo de personas consideradas como beneficiarios Tramo A son:
La mujer embarazada hasta el sexto mes.

• Los niños hasta los 6 años de edad

• Los menores internos en establecimiento del Servicio Nacional de Menores (SENAME)
 
¿Cómo Ingresa a FONASA?

Las personas carentes de recursos o indigentes son beneficiarias desde el momento en que es acreditada su condición de indigencia ante Fonasa. Para ésto,  deberá concurrir al Consultorio donde se encuentra inscrito u Hospital Público donde se atienda y solicitar su postulación, presentando el formulario de solicitud de Carencia de Recursos completado, que lo retira en la misma entidad. Al ser aceptada dicha postulación, su condición de Carente de Recursos quedará inmediatamente registrada en nuestros sistemas y en el mismo establecimiento se le informará la fecha de entrega de su nueva credencial de Salud Fonasa.

Las personas en goce de Pensiones Asistenciales (PASIS) son acreditadas y registradas en la Base de Datos de FONASA, automáticamente, de acuerdo a información proporcionada mensualmente por el INP. Si ésto no ocurriera, el beneficiario debería acreditar tal condición, presentando ante el Establecimiento Asistencial, su carnet y el comprobante de pago de la pensión.

Las personas en goce de un Subsidio Único Familiar (SUF) son acreditadas y registradas en la Base de Datos de FONASA, automáticamente, de acuerdo a información proporcionada mensualmente por el INP. Si ésto no ocurriera, el beneficiario debería acreditar tal condición, presentando ante el Establecimiento asistencial el comprobante de pago del subsidio y cédula de identidad para mayores de 18 años.

  
¿Cómo accede a los beneficios de Fonasa?

Las personas carentes de recursos o indigentes (y los integrantes de su hogar) pueden acceder a los beneficios de FONASA SOLO a través de la Modalidad Institucional (Establecimientos Públicos, en sala común), presentando la credencial de Salud otorgada por Fonasa o su tarjeta de gratuidad si aún esta vigente, ante el Establecimiento Asistencial.
 
Los beneficiarios de Pensiones Asistenciales (y sus cargas), acceden a los beneficios de FONASA presentando la credencial de salud otorgada por Fonasa o la colilla del pago del subsidio ante el establecimiento Asistencial.
 
Los beneficiarios de Subsidio Único Familiar, acceden a los beneficios de FONASA presentando la credencial de salud otorgada por Fonasa o la colilla del pago del subsidio ante el establecimiento Asistencial.

La mujer embarazada, tiene derecho por ley, al acceso y gratuidad en las atenciones de salud en los establecimientos públicos, para el control del embarazo, parto y puerperio (hasta 6 meses después del parto), aunque no sea afiliada ni beneficiaria. Para acreditar tal condición basta la mera comprobación del estado fisiológico del embarazo, mediante reconocimiento que practicará el establecimiento requerido, en el primer control de embarazo que ésta se realice.

Los niños hasta los 6 años de edad, también tienen derecho por ley, al acceso y gratuidad a las atenciones de salud en los establecimientos públicos, especificadas en el Programa Materno Infantil del Ministerio de Salud. Tal condición será acreditada en el consultorio donde el menor se realiza el control de niño sano o a través de un certificado de nacimiento otorgado por el Registro Civil, salvo que a juicio del Establecimiento Asistencial sea evidente que su edad es inferior a la indicada.

Los menores internos en establecimientos del Servicio Nacional de Menores (SENAME), también tendrán acceso gratuito a las atenciones de salud otorgadas por establecimientos públicos, debiendo acreditar su condición de tal, presentando su credencial otorgada por Fonasa, o en su defecto un Certificado del director del establecimiento en que está internado el menor.
Nota:
En la Modalidad Institucional, las atenciones de salud son otorgadas por los hospitales, consultorios de especialidades públicos y consultorios de atención primaria municipalizada.
 La cobertura es del 100% en todas las atenciones de salud (excepto la atención dental que tiene cobertura distinta), es decir, estos grupos tienen atención gratuita en el sistema público.
 
Cuadro de Tramo según Ingreso, para Atención en Modalidad Institucional
Grupo Monto del Ingreso
A Carentes de recursos o Indigentes
B Ingreso Imponible Mensual menor o igual a $159.000
C Ingreso Imponible Mensual Mayor a $159.000 y Menor o igual a $232.140.
Con más de 3 cargas familiares, pasará a Grupo B
D Ingreso Imponible Mensual Mayor a $232.140
Con más de 3 cargas familiares, pasará a Grupo C
(Vigente a partir del 1 de Julio 2008)
 
 
·    Atención Médica y Dental
·    Examen y Consulta a Especialista
·    Hospitalización y Procedimientos de Diagnóstico y Terapéutico
·    Urgencia
 
 
PRAIS
Programa de Reparación y Ayuda Integral en Salud y Derechos
Las personas incluidas en dicho Programa son las reconocidas como víctimas de la represión política del Régimen Militar, por la Comisión  Nacional de Verdad y Reconciliación o la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, según lo estipula la Ley Nº 19.123. Además, son beneficiarios también la cónyuge sobreviviente, madre o padre (en caso que la madre falte), la madre de hijos naturales, hermanos y los hijos menores de 25 años o discapacitados de cualquier edad.
 

A través de un archivo que la Comisión o Corporación hace llegar al Fonasa, se incorpora la información en la base de beneficiarios. Así, ellos tendrán acceso a la gratuidad en Salud.

¿Cómo acceden a la atención?
Los beneficiarios, tendrán derecho a recibir gratuitamente las prestaciones médicas en los establecimientos públicos (Modalidad Institucional), en consultorios de atención primaria, hospitales públicos y servicios de urgencia.

Si además, estos beneficiarios tienen un trabajo como dependiente o reciben una pensión previsional y, por tanto, están cotizando el 7% para salud, tendrán acceso a la Modalidad de Libre Elección, pudiendo escoger al prestador en convenio con FONASA y pagar su atención de salud con Bonos.
·    Urgencia
Beneficios para personas que reciban una Pensión Asistencial o aquellas Carentes de Recursos
Fonasa otorga atenciones de salud a través de los establecimientos públicos (consultorios, centros de referencia de salud -CRS-, centros de diagnóstico terapéutico -CDT- y hospitales públicos) a todas las personas y sus cargas que sean carentes de recursos, beneficiarios de pensiones asistenciales.

Todas las personas mencionadas pertenecen al grupo A, la atención recibida es gratuita.
 
Beneficios Otorgados por Fonasa
Beneficios Programa Adulto Mayor - Modalidad Atención Institucional
Todas las atenciones de salud que reciba en la Modalidad Institucional serán totalmente gratuitas para todos los beneficiarios de 60 años o más.
 
Para acceder a los beneficios que se otorgan a través de la Modalidad Institucional, los beneficiarios mayores de 60 años -independiente del grupo en que se encuentren clasificados (grupos A, B, C o D)-deben concurrir al consultorio de su comuna, desde donde serán derivados al hospital si el médico lo indica. Los beneficios a los que pueden acceder son entre otros, los siguientes: entrega de órtesis y prótesis, atención oportuna para cirugías electivas y bonificación 100% para atenciones de salud de alto costo.
 
Entrega de Ortesis y Prótesis
El Programa del Adulto Mayor contempla la entrega de los siguientes elementos, orientados a mejorar las discapacidades funcionales de este segmento, bonificando un 100%, siempre que la indicación médica haya sido otorgada por un médico del hospital o consultorio. Las atenciones incluidas son:
- Audífonos
- Andador
- Atención integral dental (incluye prótesis)
- Bastones y sillas de ruedas
 
Atención Oportuna para Cirugías Electivas

Las intervenciones quirúrgicas incluidas en el Programa son:
- Colelitiasis
- Hernia abdominal
- Prolapso uterino
- Hiperplasia de la próstata
 
En el caso de un diagnóstico de cáncer en que se indique intervención quirúrgica, ésta debe realizarse en un plazo no superior a 30 días.
 
Los plazos sólo serán válidos a partir de la fecha de la intervención quirúrgica y si el paciente reúne las condiciones clínicas necesarias para que ésta se efectúe. Si el beneficiario no acude a operarse, deberá volver al Hospital y pedir una nueva fecha para la intervención. 
 
¿Qué hacer si han transcurrido los 3 meses y el beneficiario aún no acude a operarse?
Deberá formular su reclamo por escrito, directamente a la Dirección del Hospital correspondiente. Si no recibe una respuesta satisfactoria, el beneficiario debe dirigirse a cualquier sucursal de Fonasa con los antecedentes.
 
Atenciones de Salud de Alto Costo
Fonasa bonifica un 100% de la intervención quirúrgica. Para ello, el beneficiario debe contar con la indicación médica escrita del médico especialista del hospital que lo atenderá. Además bonifica el 100% de la hospitalización, exámenes, procedimientos y todas las prestaciones asociadas a la intervención quirúrgica correspondiente.
 
Las intervenciones quirúrgicas incluidas son:
- Implantación de marcapaso
- Foto coagulación


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Recibido y reenviado por.

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